OBL-ART18-01Binding

Garantizar que cualquier mandato de representante autorizado cubra las tareas mínimas legales

Se aplica a
Manufacturer
Citas de fuentes
Art. 18(1)Art. 18(2)Art. 18(3)
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Lenguaje claro

Si designa un representante autorizado establecido en la UE, el mandato escrito debe conferirle al menos tres poderes específicos: (1) acceso y custodia de su documentación técnica y declaración UE de conformidad durante al menos 10 años, (2) capacidad para proporcionar a las autoridades de vigilancia del mercado todos los documentos de conformidad solicitados, y (3) autoridad para cooperar en medidas correctoras. Sus obligaciones esenciales de diseño, desarrollo y producción no pueden delegarse; permanecen con usted.

Texto jurídico

El artículo 18(1) prevé que un fabricante puede, mediante mandato escrito, designar un representante autorizado.

El artículo 18(2) establece lo que no puede delegarse:

Las obligaciones establecidas en el artículo 13(1) a (11), el artículo 13(12) párrafo primero y el artículo 13(14) no formarán parte del mandato del representante autorizado.

El artículo 18(3) exige que el mandato permita al AR realizar al menos:

(a) mantener la declaración UE de conformidad y la documentación técnica a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante al menos 10 años o durante el período de asistencia, si es más largo;

(b) facilitar a la autoridad de vigilancia del mercado toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto;

(c) cooperar con las autoridades de vigilancia del mercado en cualquier medida para eliminar los riesgos que plantea el producto.

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