Puesta a disposición en el mercado

Todo suministro de un producto con elementos digitales para su distribución, consumo o uso en el mercado de la UE en el marco de una actividad comercial, con o sin carácter oneroso. A diferencia de la «puesta en el mercado» (que se refiere al primer suministro), la «puesta a disposición» abarca todo suministro posterior en la cadena de suministro, incluido el realizado por importadores y distribuidores.

Citas de fuentes

Texto reglamentario

Artículo 3(22) del Reglamento (UE) 2024/2847:

«todo suministro de un producto con elementos digitales para su distribución, consumo o uso en el mercado de la Unión en el marco de una actividad comercial, a título oneroso o gratuito».

Relación con la puesta en el mercado

ConceptoAlcance
Puesta a disposiciónTodo suministro en la cadena (fabricante → importador → distribuidor → usuario final)
Puesta en el mercadoEl primer suministro por parte del fabricante

Distribuidores y puesta a disposición

Un distribuidor que pone a disposición un producto está sujeto a las obligaciones del Art. 20, incluso si no lo «pone en el mercado». Su verificación principal consiste en confirmar la conformidad del producto antes de suministrarlo.

Puesta a disposición en el mercado — Hub de Cumplimiento CRA