Cooperar con las autoridades de vigilancia del mercado
- Se aplica a
- Open-source steward
- Citas de fuentes
- Art. 24(3)
- Clases de productos
- DefaultImportant — Class IImportant — Class IICritical
Lenguaje claro
Si una autoridad nacional de vigilancia del mercado contacta al administrador sobre el software de código abierto que administra, debe cooperarse y proporcionar la información que necesiten. Esta es una obligación de cooperación general: no existe una supervisión rutinaria, pero debe responderse de forma constructiva si una autoridad investiga un producto que utiliza el software.
Texto jurídico
El artículo 24(3) del Reglamento (UE) 2024/2847 establece que los administradores de software de código abierto cooperarán con las autoridades de vigilancia del mercado, a petición de estas, y les proporcionarán toda la información necesaria para el desempeño de sus tareas.
Cuando un administrador de software de código abierto identifique que un producto con elementos digitales que incorpora el componente de software de código abierto no cumple los requisitos del presente Reglamento, informará a la autoridad de vigilancia del mercado pertinente y, cuando sea posible, al fabricante de dicho producto.
Requisitos clave
- Responder a las solicitudes: proporcionar información y documentos solicitados por las autoridades nacionales de vigilancia del mercado
- Notificación proactiva: si se identifica que un producto descendente que incorpora el OSS no cumple los requisitos, notificar a la autoridad pertinente y (cuando sea posible) al fabricante
- Alcance de la cooperación: abarca información sobre el componente de software, sus propiedades de seguridad y las vulnerabilidades conocidas
- Sin inspección rutinaria: la vigilancia del mercado de los administradores de OSS se basa en solicitudes, no es rutinaria; pero debe responderse cuando se sea contactado
Documentación que puede necesitar
- Registro de solicitudes de las autoridades y respuestas
- Proceso para identificar y notificar el incumplimiento de productos descendentes
- Procedimiento de contacto con las autoridades de vigilancia del mercado